INDEMNIZACIONES A GUERRILLEROS: Larrabure pide informes
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La Fiscal Bettiolo deniega investigar la responsabilidad del Estado.
1.-Informe del Ministerio del Interior: En mi carácter de apoderado de Arturo Larrabure, les informo que la Fiscal Liliana Bettiolo, titular de la Fiscalía Federal Nº 2 de la ciudad de Rosario, denegó la petición de mi mandante de que se oficie al Ministerio del Interior para que informe la nómina de personas que, a través de sus familiares, habrían percibido las indemnizaciones previstas en el artículo 2 de la ley 24.411, y si entre ellas se encuentran miembros de ERP y/o Montoneros, FAR, FAP y/u otras organizaciones guerrilleras, muertos durante los ataques a la Fábrica Militar de Villa María, Regimientos de Formosa y Azul, y Monte Chingolo, u otras unidades militares, o durante enfrentamientos legales con las Fuerzas Armadas o de Seguridad.
El artículo 2º de la ley 24.411expresa: “Tendrán derecho a percibir igual beneficio que el establecido en el artículo 1º los causahabientes de toda persona que hubiese fallecido como consecuencia del accionar de las fuerzas armadas, de seguridad o de cualquier grupo paramilitar con anterioridad al 10.12.1983”.
El artículo 1º prevé para las personas desaparecidas un beneficio extraordinario equivalente a la remuneración mensual de los agentes nivel A del escalafón para el personal civil de la administración pública nacional aprobado por el decreto 993/91 por el coeficiente 100.
Dado que la norma no habla de un “accionar ilegal”, sino meramente del “accionar de las fuerzas armadas….”, existe la posibilidad de que los causahabientes de los guerrilleros que hallaron la muerte durante el ataque a la fábrica militar de Villa María, podrían haber sido indemnizados lo que constituiría una prueba evidente de terrorismo de Estado, por parte de una nación que en vez de combatir el accionar terrorista lo premia burlándose del dolor de las víctimas- dijo Larrabure.
Con un escueto “por el momento y sin perjuicio de las ulterioridades de la causa”, la petición fue denegada. Al recurrir lo decidido, la parte querellante sostuvo que la Fiscal se ha apartado de lo ordenado en su momento por el Fiscal General Palacín, quien requirió se llevara adelante una investigación jurisdiccional penal integral, profunda y plena, la cual “implica producir todas las medidas investigativas y las pruebas pertinentes y útiles”
2.- Medida pertinente y útil:
Larrabure remarca que la medida es pertinente y útil pues tiende a demostrar si el Estado argentino facilitó con su acción u omisión el terrorismo guerrillero.
La presunta responsabilidad estatal no fue descartada por el Fiscal General Palacín, sino, por el contrario, indicada como extremo a ser investigado en profundidad.
Lo demuestran los siguientes párrafos de su dictamen:
PÁG 98:
“A la luz de los elementos de este caso ¿podemos poner en duda que el Ejército Revolucionario del Pueblo, prima facie sindicado como autor responsable de los crímenes cometidos contra la persona de Argentino del Valle Larrabure, tenía control de facto sobre parte del territorio argentino? O que en función de lo acontecido en este caso concreto, en el que la víctima -oficial del Ejército argentino y por tanto funcionario público de alta jerarquía-, fue sacada de su lugar de trabajo -un cuartel militar-, secuestrada, torturada, mantenida en cautiverio por más de un año y finalmente asesinada, ¿Puede dudarse que el ERP se movía fácilmente por el territorio argentino?
Estimo que el ERP tenía control de facto sobre sectores del territorio argentino y se movía libremente en él.
La interpretación que aquí realizo es objetiva y mantiene su función de prohibir conductas ejecutadas, impulsadas o toleradas por el Estado u organizaciones precisamente tipificadas por el Derecho Internacional.”
Pág 105:
“La doctrina y la jurisprudencia internacional tienen dicho que, para la configuración de los crímenes contra la humanidad, el apoyo estatal no tiene por qué estar específicamente referido al acto u actos criminales concretos que se investigan; basta con que el o los Estados involucrados hayan prohijado, alentado y/o tolerado dichas actividades violatorias de los más elementales derechos humanos, en abierta violación al Derecho Penal Internacional.
Pág 109/110:
“Dejar afuera de la categoría jurídica de crímenes contra la humanidad este caso concreto, además de constituir -desde nuestra óptica- una injusticia, podría alentar en el futuro nuevas acciones criminales de lesa humanidad, como las que aquí nos toca analizar.
El ERP habría recibido apoyo de agrupaciones subversivas del exterior y de dirigentes políticos latinoamericanos.”
Pág 42 y ss:
Citó allí el Dr Palacín párrafos del libro de Pablo Pozzi, titulado: Por las sendas argentinas… EL PRT-ERP. La Guerrilla Marxista (Editorial Mago Mund, 2ª Ed., Bs. As., diciembre de 2004), de los que surgiría que el PRT- ERP tenía sólidos contactos en el parlamento:
Dice uno de tales párrafos:
‘No éramos obreristas en el sentido morenista. En el sentido morenista del antiguo período no. Porque, además, desarrollábamos una política incluso parlamentaria a nivel provincial sin tener ningún diputado propio ni nada por el estilo, pero desarrollábamos una política digo, bah, social y cultural en la ciudad de Córdoba. En primer lugar nosotros teníamos presencia de propaganda y contactos en la legislatura provincial. Contactos, no había diputados del PRT, había diputados peronistas con todas sus divisiones internas, y diputados radicales. Teníamos contacto. No es que la legislatura siguió funcionando a pesar de las sucesivas intervenciones federales que decretó Perón con acuerdo de Balbín en febrero del 74, o sea el gobierno genuinamente democrático peronista en la provincia de Córdoba duró un poquito más que el de Cámpora, siete u ocho meses. Entonces teníamos una política parlamentaria y la planteábamos en relación a la intervención fascista en la provincia, desarrollar acuerdos con todas las fuerzas antiintervencionistas y lo hacíamos. ¿En qué se traducía esto? En movilizaciones antiintervención, que compartíamos por ejemplo, con sectores de la UCR provincial y con sectores de la JTP que tenían diputados, el presidente de la cámara de diputados, era un compañero, el colorado Bruno, que era JTP, bueno y teníamos una política parlamentaria (…)’” (Pozzi, ob. cit., ps. 334/335.
4.- Delito de ejecución continuada:
Señala Larrabure que el pedido de informes al Ministerio del Interior procura develar si no estamos presuntamente ante un delito de ejecución continuada en el cual la acción delictiva se produce a través de actos discontinuos durante el transcurso del tiempo pero teniendo un mismo origen, una misma identidad, una misma finalidad y un mismo afectado. En tales casos, son copartícipes todos aquellos que hayan intervenido en el mismo pues el delito continúa consumándose hasta que cesa la situación antijurídica.
5. Monte Chingolo:
Con el fin de demostrar que denegar a la querellante las medidas solicitadas implica incumplir la obligación de investigar, Larrabure denuncia finalmente los graves errores contenidos en los Anexos del Informe Conadep 2006, elaborado por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, donde se consigna que fueron víctimas de ejecuciones sumarias, personas que los mismos miembros de las organizaciones guerrilleras reconocen que cayeron en combate durante el ataque a cuarteles.
Como prueba cita la obra de Gustavo Plis- Steremberg , miembro del ERP, quien escribió el libro : “Monte Chingolo, la mayor batalla de la guerrilla argentina”, narrando los pormenores del ataue que el 23 de diciembre de l974, el ERP realizó al Batallón de Arsenales .Domingo Viejobueno, sito en las inmediaciones de Monte Chingolo.
En el Anexo II: Víctimas de desaparición forzada y ejecución sumaria/ 1966- 1976/ A-Z, se lee:
“Ejecución Sumaria
Fabián Florentino Orlando Benjamín. CI 6652928. 24 años. Argentina.
23.12.75- Batallón Depósito de Arsenales 601 “Domingo Viejobueno”. Monte Chingolo. Quilmes Buenos Aires.”
Se lo honra también en el Parque de la Memoria[1]donde se erigiera un monumento a las víctimas del terrorismo de Estado
Quienes incluyeron su nombre, entendieron que debía rendírsele tributo por haber sido vilmente ejecutado por las Fuerzas Armadas.
Sin embargo, Plis- Sterenberg no ratifica tal paisaje imaginario de la memoria, ni lo incluye en el capítulo “El Aniquilamiento”, donde denuncia que se asesinaron a guerrilleros que habían quedado heridos.
Por el contrario, en el capítulo nominado: “Combate intenso”, relata:
“Desde el día anterior había una ametralladora pesada MAG montada en un parapeto de bolsas de arena, un poco por delante de la Guardia Central. “Cuando ingresa el camión, el sargento ayudante sale corriendo y se arroja al parapeto, toma la AMG y empieza a dispararles”.
El sargento Saravia y los soldados lograron entrar en la Guardia. Por las dos ventanas del frente, con ocho fusiles dispararon sobre los vehículos atacantes desde el inicio mismo del asalto. Al salirse del camino el Mercedes Benz y saltar a tierra los hombres que venían en la caja, “en el primer cambio de disparos quedaron cuatro extremistas en el suelo”.
Cristóbal, un militante de 24 años de edad, fue uno de los primeros en caer. “Él era el responsable de Personal de la Compañía de Capital “Héroes de Trelew”. Cae, heroicamente, a poco de entrar, protegiendo a otro compañero”. Al bajar del camión, y antes de lograr ponerse en posición de cuerpo a tierra, también Orlando Benjamín Fabián (“Martín”) recibió dos impactos de bala: uno en la ingle izquierda y otro, fatal, en el corazón. Cuando se desplomó sobre el césped, ya estaba muerto. Pablo Ramón Berdaguer, gravemente herido por cuatro disparos en el abdomen. “Apenas entramos, ya había varios compañeros muertos y heridos. Nos tiraban con ametralladoras pesadas y FAL desde todos lados. Era evidente que nos estaban esperando”.
No es lícito rendir público homenaje (art 213 Código Penal) al miembro de una organización terrorista declarada ilegal por el gobierno constitucional, mediante decreto 1443/73, que cometió un grave delito al integrar la misma e intentar copar el cuartel.
Si cotejamos el Anexo 2 del libro de Plis- Sterenberg con los informes de la Conadep, y base de datos del Parque de la Memoria, encontramos otras desagradables sorpresas.
Ángel Eduardo González, Ismael Alfredo Islas Ibarra, Carlos Alberto Machado, y Alejandro Daniel Mastrogiovanni, que no figuraban en el Informe. –Conadep 2004, han sido incluidos en la versión 2006, siendo honrados en el Parque de la Memoria.
En todos los casos se imputa que fueron ejecutados sumariamente, afirmación que no ratifica Plis. Sterenberg en su Anexo 2 del que se desprende que murieron en combate, pues, a diferencia de otros casos, no se consigna que fueron primero detenidos y luego ejecutados.
Los nombres de Ana María Liendo, Silvia Gatto, Carlos Omar Oroño, María Inés Marabotto, Roberto Stegmayer, e Ismael Antonio Monzón, figuran también en el Parque de la Memoria.
Todos ellos murieron en combate, según lo ratifica Plis- Sterenberg:
Ana María Liendo ( “Sargento Teresa”)[2]:
“Jóvenes vestidos de sport, con mocasines o zapatillas, sin cascos, algunos de ellos sangrando, se lanzaron por terreno descubierto. Durante la corrida hacia la Compañía de Servicios, las ráfagas de MAG de la torre Norte alcanzaron a la sargento Teresa. Nunca más esperaría a Darío. Lo último que sintió Ana María Liendo fueron varios golpes en el pecho. Tres metros después de las zanjas cayó muerta sobre el césped…”
Ismael Antonio Monzón (“Tony”)[3]
“Eran aproximadamente las l9.30 cuando, bajo el mando del teniente Camilo, una docena de combatientes del ERP, ubicados en el sector central del abanico guerrillero, se lanzaron al asalto de la Guardia de Prevención. Uno de ellos erea Toni (Ismael Antonio Monzón) que integraba el Grupo 1….Durante el asalto a la Guardia Central, Tony tuvo que atravesar el camino de acceso interno. Sobre éste, varios metros por detrás de la Guardia, se encontraba el carrier M- 113 delantero, que no cesaba de disparar. Ismael fue alcanzado por una larga ráfaga de la ametralladora Browning de 12,7 mm. Acribillado, alcanzó a gritar con voz potente”¡Viva la Revolución! “ y se desplomó sobre el césped.”.
Roberto Stegmayer[4]
“Cuando llegaron los helicópteros yo seguía tirado a quince metros de la Guardia”, recuerda el ex conscripto Botto. “Y no me querían venir a buscar porque pensaban que era un guerrillero. Tuve que gritarles como podía. Y cuando se avivaron mandaron un carrier hasta el lugar. Un sargento me cazó como pudo – le debo la vida- y me llevó a un baño grande donde estaban todos los heridos. Después fuimos a parar al Hospital Aeronáutico”. Para llegar hasta donde estaba tirado Botto, el carrier tuvo que pasar la zona de combate. Los guerrilleros vieron, impotentes, cómo el blindado, a medida que avanzaba, iba pasando por sobre los cuerpos de sus compañeros caídos. Las orugas aplastaron las piernas de Orlando Fabián (Martín) y el cuerpo de Roberto Stegmayer, (Federico), quienes ya estaban muertos”
María Inés Marabotto[5].
“Durante el asalto a la Guardia Central, María Inés Marabotto logró ingresar a la edificación, aunque ignoramos en qué circunstancias se produjo su caída. Su pequeño cuerpo (medía 1,50 mts de estatura) quedó completamente calcinado tras el incendio del dormitorio de tropa”
Carlos Omar Oroño[6]
“Otras bajas guerrilleras se produjeron frente a la Guardia Central. Carlos Omar Oroño, un joven de 22 años, había sido heridote gravedad al iniciarse el tiroteo. Ante el pedido de socorro, la sargento Ana ordenó a Sanidad acudir en auxilio. Desde el portón, la Negra Chela y Felipe ingresaron al cuartel. Cubriéndose solamente con el revólver calibre 22 de la Negra, los integrantes de Sanidad llegaron hasta el herido, al que lograron sacar del Batallón. Con el Citroen blanco, Chela y Felipe se internaron en el Barrio IAPI (Barrio Santa María ubicado frente al cuartel) y se detuvieron en una esquina. Ahí Felipe se bajó y le pidió a un grupo de vecinos:
- Somos del ERP, estamos tomando el Batallón. Traemos un herido, ¿nos pueden ayudar?.
Varios dijeron que sí. Felipe pidió un guía para salir de la zona sin ir por la ruta, sino por dentro de la villa. “Inmediatamente subió al auto un compañero, quien nos guió hasta otra ruta”. Al llegar a la posta sanitaria, pasaron a Carlos Oroño a otro vehículo que con Chela partió hacia Ranelagh. “Lo llevaron a la casa de concentración, pero cuando llegaron ahí, el compañero ya estaba muerto…”
Silvia Gatto[7]
“Luego continuaron la marcha por una polvorienta calle de tierra que los llevó hasta un campo, y finalmente pararon frente a una finca. De ella salieron más civiles armados; entre ellos, “una mujer que daba órdenes; era muy firme y también muy linda y simpática”. Sus compañeros la trataban respetuosamente de “teniente”. Era Silvia Gatto, la teniente Inés…”
“A las 20.43, el helicóptero que sobrevolaba la Guardia descendió al lado de la unidad. De él saltaron a tierra entre diez y trece efectivos fuertemente pertrechados. Casi al mismo tiempo, el puesto de hostigamiento de la guerrilla ubicado en el cruce de Montevideo y Camino General Belgrano era atacado por las tropas del Regimiento de Infantería 3, que pronto ingresarían al cuartel. Durante el enfrentamiento, el estallido de una de las cargas del mortero despedazó el cuerpo de la teniente Inés…”
¿Habrán sido indemnizados los causahabientes de todos ellos?
No lo sabemos. Es precisamente lo que la Fiscal tiene la obligación de investigar, extendiéndolo a los que murieron en combate durante los ataques la Fábrica Militar de Villa María y los regimiento de Azul y Formosa.
Con comprensible dolor necesita saberlo- concluye Larrabure.
Dr. Javier Vigo Leguizamón
Apoderado de Arturo Larrabure
[1] Ver www.parquedelamemoria.org.ar
[2] Plis- Sterenberg, Monte Chingolo, la mayor batalla de la guerrilla argentina; capítulo13; La Compañía de Servicios, pág.279, 4ª edición, noviembre 2006
[3] Plis- Sterenberg, Monte Chingolo, la mayor batalla de la guerrilla argentina; capítulo: El Ataque a la Guardia Central; pág 286/287, 4ª edición, noviembre 2006
[4] Plis- Sterenberg, Monte Chingolo, la mayor batalla de la guerrilla argentina; capítulo13º: Los Helicópteros; pág 291, 4ª edición, noviembre 2006
[5] Plis- Sterenberg, Monte Chingolo, la mayor batalla de la guerrilla argentina; capítulo 13: Los Helicópteros; pág 292, 4ª edición, noviembre 2006.
[6] Plis- Sterenberg, Monte Chingolo, la mayor batalla de la guerrilla argentina; capítulo 13; Una situación deseperada; pág 280 y ss, 4ª edición, noviembre 2006
[7] Plis- Sterenberg, Monte Chingolo, la mayor batalla de la guerrilla argentina; capítulo12: El flanco izquierdo, pág 251 y 13, La embestida final, pág 294, 4ª edición, noviembre 2006

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